Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Título TERCERO: NIVELES DE MANDO EN EL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS
Capítulo III: ALTO MANDO
Sección Segunda: ORGANOS DEL ALTO MANDO
Artículo 25. La Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea, se integrará con personal del Ejército y Fuerza Aérea.
ORGANOS DEL FUERO DE GUERRA