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Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Título QUINTO: PERSONAL DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

Capítulo I: LOS GRADOS

Artículo 130. Para el cumplimiento de las misiones conjuntas con la Armada de México, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2/o. de esta Ley, así como para todos los efectos disciplinarios, la equivalencia jerárquica del personal del Ejército y Fuerza Aérea con el de la citada institución es la siguiente:

EJERCITO Y FUERZA AEREA ARMADA

I. Generales:

General de División Almirante

General de Brigada o

General de Ala

Vicealmirante

General Brigadier o

General de Grupo

Contraalmirante

II. Jefes:

Coronel

Teniente Coronel

Mayor Capitán de Navío

Capitán de Fragata

Capitán de Corbeta

III. Oficiales.

Capitán Primero

Capitán Segundo

Teniente

Subteniente Teniente de Navío

Teniente de Fragata

Teniente de Corbeta

Guardiamarina

1/er. Contramaestre

1/er. Condestable

1/er. Maestre

IV. Tropa:

  1. A. Clases.

    Sargento Primero 2/o Contramaestre

    2/o. Condestable

    2/o. Maestre

    Sargento Segundo 3/er. Contramaestre

    3/er. Condestable

    3/er. Maestre

    Cabo Cabo (en sus especialidades)

    B. Soldado Marinero

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