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Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Título SEGUNDO: De la Organización y Funcionamiento de la Cámara de Diputados

Capítulo SEXTO: De las Comisiones y los Comités

Sección Primera: De las Comisiones

Artículo 39.

  1. 1. Las Comisiones sonórganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

    2. La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura y son las siguientes:

    1. I. Agricultura y Ganadería;

      II. Asuntos Indígenas;

      III. Atención a Grupos Vulnerables;

      IV. Ciencia y Tecnología;

      V. Comunicaciones;

      VI. Cultura;

      VII. Defensa Nacional;

      VIII. Derechos Humanos;

      IX. Desarrollo Metropolitano;

      X. Desarrollo Rural;

      XI. Desarrollo Social;

      XII. Economía;

      XIII. Educación Pública y Servicios Educativos;

      XIV. Energía;

      XV. Equidad y Género;

      XVI. Fomento Cooperativo y Economía Social;

      XVII. Fortalecimiento al Federalismo;

      XVIII. Función Pública;

      XIX. Gobernación;

      XX. Hacienda y Crédito Público;

      XXI. Justicia;

      XXII. Juventud y Deporte;

      XXIII. Marina;

      XXIV. Medio Ambiente y Recursos Naturales;

      XXV. Participación Ciudadana;

      XXVI. Pesca;

      XXVII. Población, Fronteras y Asuntos Migratorios;

      XXVIII. Presupuesto y Cuenta Pública;

      XXIX. Puntos Constitucionales;

      XXX. Radio, Televisión y Cinematografía;

      XXXI. Recursos Hidráulicos;

      XXXII. Reforma Agraria;

      XXXIII. Relaciones Exteriores;

      XXXIV. Salud;

      XXXV. Seguridad Pública;

      XXXVI. Seguridad Social;

      XXXVII. Trabajo y Previsión Social;

      XXXVIII. Transportes;

      XXXIX. Turismo, y

      XL. Vivienda.

    3. Las comisiones ordinarias establecidas en el párrafo anterior, tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio conforme a lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 93 constitucional, y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

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