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Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Título TERCERO: De la Organización y Funcionamiento de la Cámara de Senadores

Capítulo SEXTO: De la Organización Técnica y Administrativa

Sección Segunda: De la Secretaría General de Servicios Administrativos

Artículo 110.

  1. 1. La Secretaría General de Servicios Administrativos tiene a su cargo las siguientes atribuciones:

    1. a) Encabezar y dirigir los servicios administrativos, a fin de queéstos se desempeñen con eficacia;

      b) Conducir las relaciones de trabajo establecidas con el personal de base de la Cámara; y

      c) Administrar los recursos humanos y materiales, así como los servicios generales, de informática, jurídicos y de seguridad de la Cámara.

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