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Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Título TERCERO: De la Organización y Funcionamiento de la Cámara de Senadores

Capítulo SEXTO: De la Organización Técnica y Administrativa

Artículo 106.

  1. 1. La Cámara de Senadores, para el desahogo de sus tareas legislativas y administrativas, contará con las siguientes dependencias:

    1. a) Una Secretaría General de Servicios Parlamentarios

      b) Una Secretaría General de Servicios Administrativos, de la que dependerá la Tesorería de la Cámara, y

      c) Las unidades administrativas que acuerde la Mesa Directiva, las que dependerán de ésta.

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