Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley Orgánica de la Armada de México

Capítulo TERCERO: DEL PERSONAL

Artículo 54. El personal desempeñará los cargos y comisiones acordes a su cuerpo, servicio y jerarquía establecidos en las planillas orgánicas de las unidades y establecimientos de la Armada de México, así como los que se le nombren por necesidades del servicio, de conformidad con lo establecido en esta Ley y demás ordenamientos aplicables.

Los cargos y comisiones confieren al designado las atribuciones, obligaciones y responsabilidades que establecen las disposiciones aplicables.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.