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Ley del Mercado de Valores

Título IX: De los sistemas de negociación bursátiles y extrabursátiles

Capítulo III: De los sistemas de negociación extrabursátil

Sección I: De las sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores

Artículo 255. Las sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores realizarán las actividades siguientes:

  1. I. Difundir cotizaciones con el objeto de canalizar solicitudes uórdenes para llevar a cabo operaciones con valores, instrumentos financieros derivados y otros activos financieros, mediante la utilización de equipos automatizados o de comunicación.

    II. Suministrar información relativa a las cotizaciones de los valores, instrumentos financieros derivados y activos financieros, respecto de los cuales presten sus servicios.

    III. Prestar servicios a través de sistemas o de equipos de comunicación relacionados con la difusión de cotizaciones para llevar a cabo operaciones.

    IV. Las demás contempladas en sus estatutos sociales.

    Las operaciones con valores realizadas a través de los sistemas a que se refiere este artículo se considerarán celebradas fuera de bolsa.

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