Ley del Mercado de Valores
Título II: De las sociedades anónimas del mercado de valores
Capítulo I: De las sociedades anónimas promotoras de inversión
Sección II: De las asambleas de accionistas y convenios entre socios
Artículo 18. Las sociedades anónimas promotoras de inversión estarán exceptuadas del requisito de publicar sus estados financieros, conforme lo establece el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.