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Ley del Mercado de Valores

Título II: De las sociedades anónimas del mercado de valores

Capítulo I: De las sociedades anónimas promotoras de inversión

Sección II: De las asambleas de accionistas y convenios entre socios

Artículo 18. Las sociedades anónimas promotoras de inversión estarán exceptuadas del requisito de publicar sus estados financieros, conforme lo establece el artículo 177 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

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