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Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Título PRIMERO: Disposiciones Generales

Capítulo Único

Artículo 8o. El Instituto cuenta con unórgano de vigilancia integrado por un comisario público propietario y un suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública, quienes asistirán con voz pero sin voto, a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva del Instituto y tendrán las atribuciones que les confieren los artículos 60 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 29 y 30 de su Reglamento y demás disposiciones aplicables.

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