Ley de los Institutos Nacionales de Salud
Título TERCERO: Ámbito de los Institutos
Capítulo I: Investigación
Artículo 42. La Secretaría, como coordinadora de sector, promoverá la creación de incentivos fiscales y de otros mecanismos de fomento para que los sectores social y privado realicen inversiones crecientes para la investigación en salud.