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Ley de los Institutos Nacionales de Salud

Título TERCERO: Ámbito de los Institutos

Capítulo I: Investigación

Artículo 42. La Secretaría, como coordinadora de sector, promoverá la creación de incentivos fiscales y de otros mecanismos de fomento para que los sectores social y privado realicen inversiones crecientes para la investigación en salud.

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