Ley de los Institutos Nacionales de Salud
Título PRIMERO: Disposiciones generales
Capítulo Único
Artículo 3. La Ley Federal de las Entidades Paraestatales y sus disposiciones reglamentarias, se aplicarán para los Institutos Nacionales de Salud en lo que no se contraponga con esta ley, particularmente, en lo que se refiere al fortalecimiento de su autonomía técnica, operativa y administrativa.