Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
Capítulo IV: De la Administración del Instituto
Sección II: De los Comités de Apoyo del Instituto
Artículo 19. El Instituto contará con los siguientes comités de apoyo:
I. De Operaciones;
II. De Crédito;
III. De Auditoría, Control y Vigilancia;
IV. De Administración Integral de Riesgos;
V. Recursos Humanos, y
VI. Los demás que constituya el Consejo.