Ley de Instituciones de Crédito
Título TERCERO: De las Operaciones
Capítulo IV: De los Servicios
Artículo 85. Cuando se trate de operaciones de fideicomiso que constituya el Gobierno Federal o queél mismo, para los efectos de este artículo, declare de interés público a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no será aplicable el plazo que establece la fracción III del artículo 394 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.