Ley de Instituciones de Crédito
Título SEXTO: De la Protección de los Intereses del Público
Capítulo II: Del Sistema de Protección al Ahorro Bancario
Sección SEGUNDA: De la Liquidación y Concurso Mercantil de las Instituciones de Banca Múltiple
Apartado C: De la Disolución y Liquidación Convencional de las Instituciones de Banca Múltiple
Artículo 122 Bis 32 La Comisión Nacional Bancaria y de Valores ejercerá la función de supervisión de los liquidadores únicamente respecto del cumplimiento de los procedimientos a los que se refiere el inciso c) de la fracción III del artículo 122 Bis 31 de esta Ley.