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Ley de Instituciones de Crédito

Título SEXTO: De la Protección de los Intereses del Público

Capítulo II: Del Sistema de Protección al Ahorro Bancario

Sección SEGUNDA: De la Liquidación y Concurso Mercantil de las Instituciones de Banca Múltiple

Apartado C: De la Disolución y Liquidación Convencional de las Instituciones de Banca Múltiple

Artículo 122 Bis 32 La Comisión Nacional Bancaria y de Valores ejercerá la función de supervisión de los liquidadores únicamente respecto del cumplimiento de los procedimientos a los que se refiere el inciso c) de la fracción III del artículo 122 Bis 31 de esta Ley.

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