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Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Título PRIMERO: De los Títulos de Crédito

Capítulo III: Del pagaré

Artículo 170. El pagaré debe contener:

  1. I. La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento;

    II. La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;

    III. El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;

    IV. Laépoca y el lugar del pago;

    V. La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; y

    VI. La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.

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