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Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Título QUINTO: DEL DESARROLLO POLICIAL

Capítulo II: De la Carrera Policial y de la Profesionalización

Artículo 83. El orden de las categorías jerárquicas y grados tope del personal de la Instituciones con relación a las áreas operativas y de servicios será:

  1. I. Para lasáreas operativas, de policía a Comisario General, y

    II. Para los servicios, de policía a Comisario Jefe.

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