Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Título QUINTO: DEL DESARROLLO POLICIAL
Capítulo II: De la Carrera Policial y de la Profesionalización
Artículo 83. El orden de las categorías jerárquicas y grados tope del personal de la Instituciones con relación a las áreas operativas y de servicios será:
I. Para lasáreas operativas, de policía a Comisario General, y
II. Para los servicios, de policía a Comisario Jefe.