Ley General de Sociedades Mercantiles
Capítulo V: De la sociedad anónima
Sección PRIMERA: De la constitución de la sociedad
Artículo 102. Toda operación hecha por los fundadores de una sociedad anónima, con excepción de las necesarias para constituirla, será nula con respecto a la misma, si no fuere aprobada por la Asamblea General.