Ley General de Salud
Título DECIMO TERCERO: Publicidad
Capítulo UNICO
Artículo 308 bis. Se deroga.
Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.
Artículo 308 bis. Se deroga.
Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.