Ley General de Salud
Título OCTAVO: De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal
Capítulo I: Disposiciones Comunes
Artículo 166 Bis 2 Corresponde al Sistema Nacional de Salud garantizar el pleno, libre e informado ejercicio de los derechos que señalan esta Ley y demás ordenamientos aplicables, a los enfermos en situación terminal.