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Ley General de Salud

Título OCTAVO: De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal

Capítulo I: Disposiciones Comunes

Artículo 166 Bis. El presente título tiene por objeto:

  1. I. Salvaguardar la dignidad de los enfermos en situación terminal, para garantizar una vida de calidad a través de los cuidados y atenciones médicas, necesarios para ello;

    II. Garantizar una muerte natural en condiciones dignas a los enfermos en situación terminal;

    III. Establecer y garantizar los derechos del enfermo en situación terminal en relación con su tratamiento;

    IV. Dar a conocer los límites entre el tratamiento curativo y el paliativo;

    V. Determinar los medios ordinarios y extraordinarios en los tratamientos; y

    VI. Establecer los límites entre la defensa de la vida del enfermo en situación terminal y la obstinación terapéutica.

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