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Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Título CUARTO: INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA DE PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS

Capítulo IV: DERECHO A LA INFORMACIÓN

Artículo 38. Las autoridades de los tresórdenes de gobierno elaborarán y difundirán informes periódicos, sobre los aspectos relevantes contenidos en los sistemas de información a los que se hace referencia en el presente capítulo.

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