Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Título CUARTO: INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA DE PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS

Capítulo II: PLANES DE MANEJO

Artículo 27. Los planes de manejo se establecerán para los siguientes fines y objetivos:

  1. I. Promover la prevención de la generación y la valorización de los residuos así como su manejo integral, a través de medidas que reduzcan los costos de su administración, faciliten y hagan más efectivos, desde la perspectiva ambiental, tecnológica, económica y social, los procedimientos para su manejo;

    II. Establecer modalidades de manejo que respondan a las particularidades de los residuos y de los materiales que los constituyan;

    III. Atender a las necesidades específicas de ciertos generadores que presentan características peculiares;

    IV. Establecer esquemas de manejo en los que aplique el principio de responsabilidad compartida de los distintos sectores involucrados, y

    V. Alentar la innovación de procesos, métodos y tecnologías, para lograr un manejo integral de los residuos, que sea económicamente factible.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.