Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
Título III
Capítulo TERCERO: DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES
Artículo 26. El Sistema Nacional tiene los siguientes objetivos:
I. Promover la igualdad entre mujeres y hombres y contribuir a la erradicación de todo tipo de discriminación;
II. Contribuir al adelanto de las mujeres;
III. Coadyuvar a la modificación de estereotipos que discriminan y fomentan la violencia de género, y
IV. Promover el desarrollo de programas y servicios que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres.