Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Título PRIMERO: Disposiciones Generales
Capítulo III: Política Ambiental
Artículo 16. Las entidades federativas y los municipios en elámbito de sus competencias, observarán y aplicarán los principios a que se refieren las fracciones I a XV del artículo anterior.