Ley General de Educación
Capítulo IV: DEL PROCESO EDUCATIVO
Sección 1
Artículo 46. La educación a que se refiere la presente sección tendrá las modalidades de escolar, no escolarizada y mixta.
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Artículo 46. La educación a que se refiere la presente sección tendrá las modalidades de escolar, no escolarizada y mixta.
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