Ley General de Cultura Física y Deporte
Título Segundo: Del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte
Capítulo I: Del Sector Público
Sección Primera: De la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte
Artículo 22. Elórgano de vigilancia de la CONADE estará integrado por un Comisario Público propietario y un suplente, designados por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, en los términos del artículo 37, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.