Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
Título SEPTIMO: Del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y del procedimiento ante el mismo
Capítulo III
Artículo 134. Los trabajadores podrán comparecer por sí o por representantes acreditados mediante simple carta poder.
Los titulares podrán hacerse representar por apoderados que acrediten ese carácter mediante simple oficio.