Ley Federal de Sanidad Animal
Título PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo III: De la Autoridad Competente
Artículo 9. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público colaborará con la Secretaría para que, en el ámbito de sus atribuciones, vigile el cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal aplicables en la importación, exportación, reexportación y tránsito internacional de mercancías o transporte de pasajerosque lleven consigo mercancías reguladas.