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Ley Federal de Sanidad Animal

Título PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo III: De la Autoridad Competente

Artículo 9. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público colaborará con la Secretaría para que, en el ámbito de sus atribuciones, vigile el cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal aplicables en la importación, exportación, reexportación y tránsito internacional de mercancías o transporte de pasajerosque lleven consigo mercancías reguladas.

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