Ley Federal de Sanidad Animal
Título PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I: Del Objeto de la Ley
Artículo 3. La Secretaría es la autoridad responsable de tutelar la sanidad y el bienestar animal, así como de las buenas prácticas pecuarias en la producción primaria; y establecimientos Tipo Inspección Federal dedicados al sacrificio de animales y procesamiento de bienes de origen animal.