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Ley Federal de Radio y Televisión

Título TERCERO: Concesiones, permisos e instalaciones

Capítulo PRIMERO: Concesiones y permisos

Artículo 17-C-C. La convocatoria deberá contener:

  1. I. Frecuencia a través de la cual se prestara el servicio objeto de la licitación, potencia y zona geográfica de cobertura;

    II. Los requisitos y plazos que deberán cumplir los interesados en participar en la licitación; y

    III. Formas de adquisición de las bases de licitación.

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