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Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

Título SEXTO: Relaciones con la Cámara de Diputados

Capítulo Único: De la Comisión

Artículo 78. La Comisión presentará directamente a la Auditoría Superior de la Federación un informe que contenga las observaciones y las recomendaciones que se deriven del ejercicio de las atribuciones que esta Ley le confiere en materia de evaluación de su desempeño a más tardar el 30 de mayo del año en que presente el Informe del Resultado. La Auditoría Superior de la Federación dará cuenta de su atención al presentar el Informe del Resultado del ejercicio siguiente.

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