Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación
Título CUARTO: De la Revisión de Situaciones Excepcionales
Capítulo Único
Artículo 48. Lo dispuesto en el presente Capítulo, no excluye la imposición de las sanciones que conforme a ésta u otras leyes sean aplicables por la Auditoría Superior de la Federación ni del fincamiento de otras responsabilidades.