Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos
Título PRIMERO
Capítulo UNICO: Disposiciones Generales
Artículo 4. Para la investigación, tramitación, sustanciación y resolución, en su caso, de los procedimientos y recursos establecidos en la presente Ley, serán autoridades competentes los contralores internos y los titulares de las áreas de auditoría, de quejas y de responsabilidades de los órganos internos de control delas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República.