Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Título TERCERO: Del Ejercicio del Gasto Público Federal
Capítulo V: De los Servicios Personales
Artículo 73. Cuando algún servidor público fallezca y tuviere cuando menos una antigüedad en el servicio de seis meses, los familiares o quienes hayan vivido con él en la fecha del fallecimiento y se hagan cargo de los gastos de inhumación, recibirán hasta el importe de cuatro meses de las percepciones ordinarias que estuviere percibiendo en esa fecha.