Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Capítulo III: DE LA POLÍTICA EN MATERIA DE SEMILLAS
Artículo 15. El Programa Nacional de Semillas tendrá carácter especial conforme a la Ley de Planeación y establecerá entre otros aspectos, las líneas de política, objetivos, metas, estrategias y acciones en materia de semillas.