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Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Capítulo III: DE LA POLÍTICA EN MATERIA DE SEMILLAS

Artículo 15. El Programa Nacional de Semillas tendrá carácter especial conforme a la Ley de Planeación y establecerá entre otros aspectos, las líneas de política, objetivos, metas, estrategias y acciones en materia de semillas.

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