Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Título II: De la Substanciación y Resolución del Juicio
Capítulo V: De las Pruebas
Artículo 42. Las resoluciones y actos administrativos se presumirán legales. Sin embargo, las autoridades deberán probar los hechos que los motiven cuando el afectado los niegue lisa y llanamente, a menos que la negativa implique la afirmación de otro hecho.