Ley Federal de Protección al Consumidor
Capítulo VIII: De las operaciones con inmuebles
Artículo 75. En los contratos de adhesión relacionados con inmuebles se estipulará la información requerida en el Capítulo VII, fecha de entrega, especificaciones, plazos y demás elementos que individualicen el bien, así como la información requerida en el artículo 73-TER. Los proveedores no podrán recibir pago alguno hasta queconste por escrito la relación contractual, excepto el relativo a gastos de investigación.