Ley Federal de Protección al Consumidor
Capítulo IV: De las promociones y ofertas
Artículo 50. Si el autor de la promoción u oferta no cumple su ofrecimiento, el consumidor podrá optar por exigir el cumplimiento, aceptar otro bien o servicio equivalente o la rescisión del contrato y, en todo caso, tendrá derecho al pago de la diferencia económica entre el precio al que se ofrezca el bien o servicio objeto de lapromoción u oferta y su precio normal, sin perjuicio de la bonificación o compensación a que se refiere el artículo 92-TER de esta ley.