Ley Federal de Protección al Consumidor
Capítulo I: Disposiciones Generales
Artículo 14. El plazo de prescripción de los derechos y obligaciones establecidos en la presente ley será de un año, salvo otros términos previstos por esta ley.
En caso de afectaciones a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, el término de prescripción será de diez años.