Ley Federal del Mar
Título SEGUNDO: De las Zonas Marinas Mexicanas
Capítulo IV: De la Zona Económica Exclusiva
Artículo 49. El Poder Ejecutivo Federal vigilará que, al ejercitar los Estados extranjeros sus derechos y al cumplir sus deberes en la Zona Económica Exclusiva mexicana, tengan debidamente en cuenta los derechos, jurisdicciones y deberes de la Nación y cumplan esta Ley, su Reglamento y otros reglamentos nacionales adoptados de conformidad conla Constitución y normas aplicables de derecho internacional.