Ley Federal de Juegos y Sorteos
Artículo 6o. Lo dispuesto en el artículo 5o se aplicará también en relación con los permisos que se concedan para efectuar sorteos, con excepción de los siguientes:
I. Los que realicen las autoridades, instituciones educativas y de beneficencia para dedicaríntegramente sus productos a fines de interés general;
II. Los que se celebren con fines exclusivos de propaganda comercial; y
III. Los que se verifiquen como sistema de ventas y en los que los participantes recibaníntegramente el valor de sus aportaciones en mercancías, efectos u otros bienes.