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Ley Federal de las Entidades Paraestatales

Capítulo VI: Del Control y Evaluación

Artículo 64. La Coordinadora de Sector, a través de su titular o representante, mediante su participación en los órganos de gobierno o consejos de administración de las paraestatales, podrá recomendar las medidas adicionales que estime pertinentes sobre las acciones tomadas en materia de control.

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