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Ley Federal de las Entidades Paraestatales

Capítulo V: Del Desarrollo y Operación

Artículo 49. El programa institucional de la entidad paraestatal se elaborará para los términos y condiciones a que se refiere el artículo 22 de la Ley de Planeación y se revisará anualmente para introducir las modificaciones que las circunstancias le impongan.

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