Ley Federal de las Entidades Paraestatales
Capítulo V: Del Desarrollo y Operación
Artículo 46. Los objetivos de las entidades paraestatales se ajustarán a los programas sectoriales que formule la Coordinadora de Sector, y en todo caso, contemplarán:
I. La referencia concreta a su objetivo esencial y a las actividades conexas para lograrlo;
II. Los productos que elabore o los servicios que preste y sus características sobresalientes;
III. Los efectos que causen sus actividades en elámbito sectorial, así como el impacto regional que originen; y
IV. Los rasgos más destacados de su organización para la producción o distribución de los bienes y prestación de servicios que ofrece.