Ley Federal del Derecho de Autor
Título V: De los Derechos Conexos
Capítulo III: De los Editores de Libros
Artículo 128. Las publicaciones periódicas gozarán de la misma protección que el presente capítulo otorga a los libros.
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Artículo 128. Las publicaciones periódicas gozarán de la misma protección que el presente capítulo otorga a los libros.
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