Ley Federal del Derecho de Autor
Título IV: De la Protección al Derecho de Autor
Capítulo IV: De los Programas de Computación y las Bases de Datos
Artículo 101. Se entiende por programa de computación la expresión original en cualquier forma, lenguaje o código, de un conjunto de instrucciones que, con una secuencia, estructura y organización determinada, tiene como propósito que una computadora o dispositivo realice una tarea o función específica.