Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley Federal de Derechos

Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios

Capítulo V: Secretaría de Energía

Sección ÚNICA: Actividades Reguladas en Materia Energética

Artículo 61-E-E. Por la recepción y análisis de la solicitud y, en su caso, por la expedición de permisos para la producción, almacenamiento, transporte y comercialización de bioenergéticos, se pagarán derechos, por cada uno, conforme a la cuota de $10,848.00

Tratándose de solicitudes para la autorización de prórroga, transferencia y modificación de los términos y condiciones originales de los permisos señalados en el párrafo anterior se pagarán derechos, por cada una, conforme a la cuota a que se refiere el citado párrafo.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.