Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley Federal de Derechos

Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios

Capítulo III: De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Sección Primera: Inspección y Vigilancia

Artículo 30-B-B. Por el servicio de autorización o registro de intermediario de reaseguro que proporciona la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

  1. I. Por la autorización definitiva como intermediario de reaseguro $7,463.67

    II. Por la autorización para ejercer la actividad de apoderado de intermediario de reaseguro, para intervenir en el asesoramiento y contratación de reaseguro $2,347.29

    III. Por el refrendo quinquenal de la autorización a que se refiere la fracción

    anterior $1,228.10

    IV. (Se deroga).

    V. (Se deroga).

    VI. (Se deroga).

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.