Ley Federal de Derechos
Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios
Capítulo II: De la Secretaría de Relaciones Exteriores
Sección Tercera: Permisos Conforme al Artículo 27 Constitucional y Cartas de Naturalización
Artículo 26. Por los servicios que se presten en materia de nacionalidad y naturalización, a que se refiere el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la legislación aplicable, se pagará el derecho de trámite de nacionalidad y naturalización, conforme a las siguientes cuotas:
I. Por los documentos expedidos con fundamento en el artículo 30, Apartado A, 32 y 37, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
a) Por expedición $200.64
b). (Se deroga).
II. En las cartas de naturalización a las que se refiere la fracción I del Apartado B del citado precepto constitucional:
a). Por la recepción, estudio y, en su caso, expedición de la carta de
naturalización $3,538.32
b). (Se deroga).
c). (Se deroga).
III. En las cartas de naturalización a que se refiere la fracción II del Apartado B del artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 20, fracciones II y III de la Ley de Nacionalidad:
a). Por la recepción, estudio y, en su caso, expedición de cada carta de
naturalización $1,247.52
b). (Se deroga).
IV. (Se deroga).
V. (Se deroga).