Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley Federal de Derechos

Título SEGUNDO: De los Derechos por el Uso o Aprovechamiento de Bienes del Dominio Público

Capítulo XI: Espacio Aéreo

Artículo 253. En el uso del espectro radioeléctrico, se observarán las siguientes reglas:

  1. I. Cuando la Secretaría de Comunicaciones y Transportes o los usuarios consideren necesario o conveniente compartir las frecuencias o canales radioeléctricos de radiocomunicación en la misma área de cobertura y en el mismo horario de operación, a cada permisionario se le aplicará el total del monto del derecho quele correspondería si usara la frecuencia en forma exclusiva.

    II. (Se deroga).

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.